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155 días para que los patinetes sin certificado de circulación dejen de poder circular (22 de enero de 2027). Registrar el mío →
Normativa de circulación

Menores de edad y patinete eléctrico

Si en casa hay un patinete y un adolescente, hay tres cosas que conviene tener claras: desde qué edad puede conducirlo, quién hace los trámites y quién paga si causa un daño.

Un menor puede conducir un patinete eléctrico, pero hay una edad mínima: la fija la norma estatal y muchas ordenanzas municipales la elevan en su término. Los trámites los hace un adulto: la inscripción en el registro la realiza el propietario o su tutor legal, y el tomador del seguro tiene que ser mayor de edad.

Actualizado el

La edad mínima: quién la fija

La edad para conducir un VMP funciona con la misma lógica que el resto de la normativa de patinetes: hay una capa estatal común a toda España y, encima, la ordenanza de cada ayuntamiento, que dentro de sus competencias puede ser más exigente en las vías urbanas de su municipio.

Eso explica por qué las respuestas que circulan por internet no coinciden: cada una está mirando una ordenanza distinta. En unas ciudades la edad mínima coincide con el marco estatal y en otras el ayuntamiento la sube, o la condiciona a circular acompañado o a determinadas vías.

La forma seria de resolverlo en tu caso es ir a la ordenanza de movilidad de tu municipio y buscar el capítulo de vehículos de movilidad personal. Y si el chaval se desplaza a otra ciudad, mirar también la de allí: cuando cruzas el término municipal, cambian las reglas del juego. Tienes el paso a paso en cómo consultar la ordenanza de tu municipio.

La cifra exacta de la edad mínima la estamos contrastando. Hay versiones distintas circulando y no vamos a publicar un número que no podamos respaldar con el articulado. Estamos comprobando el marco estatal con el Reglamento General de Circulación y las edades que fijan las ordenanzas municipales, ciudad por ciudad. En cuanto esté verificado, el dato se publicará aquí con su norma y su fecha de verificación.

Quién inscribe el patinete de un menor

La inscripción en el Registro de Vehículos Personales Ligeros no es opcional y no depende de la edad del conductor: todos los propietarios de un VMP tienen que inscribirlo, y cuando el propietario es menor de edad el trámite lo hacen el padre, la madre o el tutor legal.

En la práctica esto significa que el papeleo de casa lo resuelve un adulto: la inscripción, la obtención del certificado y la compra de la etiqueta identificativa que se pega al patinete. Es el paso previo a poder asegurarlo, porque sin un vehículo identificado no hay póliza que emitir.

Si el patinete se compró antes de 2024 y no tiene certificado de circulación, hay un detalle que a las familias les afecta especialmente: puede inscribirse como vehículo no certificado, pero con fecha de caducidad para circular. Antes de invertir en accesorios o en una reparación cara, mira qué pasa el 22 de enero de 2027. Y el trámite completo, con sus canales y su documentación, lo tienes en la guía del registro de la DGT.

Quién puede ser tomador del seguro

El seguro obligatorio de responsabilidad civil que introdujo la Ley 5/2025 se contrata sobre el vehículo, pero lo firma una persona. Y esa persona, el tomador, tiene que ser mayor de edad, porque un contrato de seguro es un contrato y un menor no tiene capacidad para obligarse en él.

Merece la pena distinguir tres papeles que la gente mezcla:

Tomador: quien contrata y paga la póliza. Tiene que ser mayor de edad. En una familia, normalmente el padre, la madre o el tutor.

Asegurado: el titular del interés protegido, habitualmente el propietario del vehículo.

Conductor: quien usa el patinete. Aquí sí puede haber un menor, siempre que cumpla la edad mínima que exijan la norma estatal y la ordenanza de su ciudad.

Lo importante es declararlo bien al contratar. Si el patinete lo va a usar habitualmente un menor, hay que decirlo: una póliza contratada sobre datos que no se corresponden con la realidad es una póliza que puede darte un disgusto justo el día que la necesitas. Tenemos una página específica para este caso, el seguro de patinete para menores.

La responsabilidad civil de los padres

Esta es la parte que de verdad debería quitar el sueño, más que la multa. Cuando un menor causa un daño a otra persona, del daño responden civilmente sus padres o tutores, porque son quienes tienen la guarda y el deber de vigilancia. No es una particularidad de los patinetes: es la regla general de nuestro derecho civil.

Traducido a la calle: si tu hijo atropella a un peatón y le provoca una lesión, la indemnización no la paga «el menor», la paga la familia. Y en un daño personal serio hablamos de cifras que se cuentan en decenas o cientos de miles de euros, muy por encima de lo que cuesta cualquier póliza.

Esa es exactamente la función del seguro obligatorio: que ese golpe no se lo lleve el patrimonio familiar. Es también el motivo por el que asegurar el patinete de un menor no es un trámite burocrático más, sino la decisión más rentable del año.

Qué hacer si el patinete es para tu hijo

1. Comprueba la edad mínima en tu ciudad

Ordenanza de movilidad del ayuntamiento, capítulo de VMP. Si el instituto está en otro municipio, mira también la ordenanza de allí.

2. Inscribe el patinete en el registro

El trámite lo hace el padre, la madre o el tutor legal. De ahí salen el certificado de inscripción y la etiqueta identificativa que se pega al vehículo.

3. Contrata el seguro con un tomador adulto

Declara que el conductor habitual es un menor. Es la forma de que la póliza funcione el día que haga falta.

4. Repasa las reglas con él antes de la primera salida

Nada de acera, nada de carretera, nada de llevar a un amigo detrás (un VMP tiene una sola plaza) y casco puesto, lo exija o no la ordenanza.

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Seguro de patinete para menores

Cómo se contrata cuando el conductor habitual es un hijo y quién figura en la póliza.

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Preguntas frecuentes

¿A partir de qué edad se puede conducir un patinete eléctrico?

Hay una edad mínima en la norma estatal y muchas ordenanzas municipales la elevan. Estamos contrastando la cifra exacta con el articulado y con las ordenanzas antes de publicarla; mientras tanto, la referencia válida para ti es la ordenanza de tu municipio.

¿Puede un menor ser el titular del patinete?

El vehículo puede pertenecer a un menor, pero la inscripción en el registro la realiza su padre, madre o tutor legal, y el tomador del seguro tiene que ser mayor de edad.

Si mi hijo causa un accidente, ¿quién paga?

Civilmente responden los padres o tutores de los daños causados por el menor que está bajo su guarda. Por eso el seguro obligatorio de responsabilidad civil protege directamente el patrimonio familiar.

¿Puede llevar a un amigo en el patinete?

No. Un VMP tiene, por definición, una sola plaza. No hay forma legal de llevar a un segundo ocupante, ni siquiera en trayectos cortos.

¿Necesita el mismo seguro que un adulto?

Sí. La obligación va ligada al vehículo, no a la edad de quien lo conduce. Lo que cambia es quién firma la póliza: el tomador tiene que ser mayor de edad.

Fuente: Ley 5/2025, de 24 de julio · Real Decreto 52/2026, de 28 de enero (BOE-A-2026-2140) · Reglamento General de Circulación y ordenanzas municipales (edad mínima pendiente de contraste)Verificado el 20 de agosto de 2026

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